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Nueva ley de copropiedad inmobiliaria

3 de Junio 2019. Corte de Apelaciones de Concepción, confirmó fallo del Juzgado del Trabajo de Concepción, que condenó a empresa JJD Comunicaciones Limitada al pago de Indemnizaciones por Despido Indirecto.

 

En fallo unánime de la Corte de Apelaciones de Concepción, se rechazó con costas, el recurso de nulidad interpuesto por la demandada, quedando a firme la sentencia que la condenó a la empresa al pago de más de treinta y dos millones de pesos, por haber incumplido el deber de seguridad del trabajador al ser objeto dos veces de robo con fuerza dentro del desempeño de su trabajo.

 

Esta causa fue patrocinada y llevada por nuestro Director de Asuntos Litigiosos,  Mg. Gabriel Ramírez Maldonado, profesional de dilatada trayectoria, quien refirió que la sentencia del juzgado del trabajo de Concepción es innovadora y marca la senda la correcta doctrina, en que es causal para proceder al despido indirecto la no adopción de medidas de seguridad por parte empresa para proteger eficazmente a un trabajador que transporta bienes de ella y aplica el principio de primacía de la realidad, al determinar que un trabajador que en su contrato figura que no está obligado a registrar asistencia conforme al art. 22 inc 2º del Código del Trabajo, pero en los hechos debe cumplir jornada laboral, sí tiene derecho a un sueldo base igual a mínimo legal y por tanto se le deben enterar por la empresa las cotizaciones previsionales por haberse subcotizado, siendo aplicable igualmente la sanción de nulidad de despido por aplicación de la “ley bustos”.

RIT O-707-2018 Juzgado del Trabajo de Concepción

Rol 126-2019 Corte de Apelaciones de Concepción.

 

 

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